La Audiencia Provincial de Burgos ha aprobado un protocolo para agilizar la resolución de los juicios en los que los consumidores reclaman a los bancos la devolución de los gastos e intereses de demora derivados de la suscripción de hipotecas que les fueron cobrados indebidamente.
El protocolo pretende que las partes pongan fin al conflicto de forma satisfactoria en mucho menos tiempo y aligerar el trabajo de los Juzgados.
Agilizar la resolución de los juicios
El fin por tanto del documento es terminar los procedimientos relacionados sobre esas materias, cualquiera que sea la fase procesal en que se encuentren, o evitar su judicialización si todavía no se hubiese formalizado la demanda.
El protocolo, que ha sido elaborado a iniciativa de la entidad CaixaBank -la cual asume los compromisos que de su contenido se derivan-, queda abierto a la adhesión de los letrados y procuradores que lo consideren procedente, así como de las entidades de crédito que lo estimen oportuno.
Doctrina del Supremo y TJUE
Las sentencias del Tribunal Supremo de enero de 2019, y la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de julio de 2018, sentaron criterio sobre los gastos de formalización de hipoteca e intereses de demora.
Dicha doctrina se refiere a la validez de las cláusulas de comisión de apertura, vencimiento anticipado, intereses moratorios y gastos de constitución de la garantía hipotecaria, así como las cantidades que, en su caso, ha de reintegrar la entidad financiera al prestatario-consumidor.
Los juzgados especializados en cláusulas abusivas de todo el territorio nacional han experimentado un auge considerable en la interposición de demandas por tales materias, con la consecuente inversión de recursos humanos y materiales.
Mejorar el tiempo de respuesta
Esta situación, que puede verse agravada en un futuro inmediato por demandas que cuestionan otras cláusulas contractuales -especialmente las referidas al índice IRPH o multidivisa-, hace muy necesario que se adopten medidas alternativas voluntarias que, llegando a soluciones extrajudiciales pactadas, eviten los litigios o les pongan fin.
El objetivo del protocolo aprobado es que las partes implicadas pongan fin al conflicto subyacente de forma satisfactoria y en mucho menos tiempo, y a la vez que la Administración de Justicia vea reducida su intervención y con ello mejore sus tiempos de respuesta.