26/07/2018
DERECHO CIVIL
El pasivo de la sociedad de gananciales está formado por cargas y obligaciones (arts. 1362 a 1374 delCódigo Civil) que se diferencian, como advierte el Auto nº 174/2013 de AP Madrid, Sección 21ª, 4 de Junio de 2013, [j 1] en que:
Las cargas de la sociedad gananciales son los gastos o pagos que, por razón de su finalidad, deben repercutir, de modo definitivo, sobre el patrimonio ganancial, con independencia de que frente al acreedor haya o no obligación directa de la sociedad.Las obligaciones de...
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