15/03/2018
DERECHO CIVIL
El presupuesto para conceder pensión compensatoria es que haya habido matrimonio. Nada impide, sin embargo, como dice la Sentencia nº 17/2018 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 15 de Enero de 2018 [j 47] los pactos entre los convivientes por los que, al amparo del art. 1255 CC, adopten acuerdos en los que prevean compensaciones por desequilibrios en el momento de la ruptura de la convivencia.
A falta de tales pactos, como dice la sentencia citada no existe una previsión legal que contemple para el ca...
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