20/04/2022
DERECHO CIVIL
El Alto Tribunal reitera que con respecto a la imposición de la obligación de los alimentos, no es necesario que la parte fije el dies a quo, pues de acuerdo con el art. 148 del C. Civil, se habrá de fijar desde la interposición de la demanda, cuando es la primera vez que se determina. Unido ello a que de acuerdo con el art. 93 del C. Civil, el juez determinará la pensión alimenticia a los menores "en todo caso", lo cual significa, que no está condicionado a la petición de las partes. Se estima ...
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