15/09/2017
DERECHO CIVIL
Presupuestos de la pensión compensatoria del art. 97 CCPara reclamar la pensión compensatoria, el cónyuge solicitante debe probar que ha sufrido un empeoramiento en su situación económica en relación a la que disfrutaba en el matrimonio y respecto a la posición que disfruta el otro cónyuge.No se requiere, por tanto, la prueba de la necesidad (véase, en este sentido, las STS de 17 de octubre de 2008 [j 1] y de 21 de noviembre de 2008 [j 2], entre otras).
El derecho a reclamar la pensión debe exi...
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