14/02/2017
DERECHO CIVIL
Con relación al embargo de sueldos y pensiones, el legislador reserva una parte inembargable por el principio de que al ejecutado se le debe respetar un mínimo vital para su subsistencia y dignidad.
Objeto del embargoEl artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil realiza, dos funciones, principalmente. En primer lugar, permitir considerar objeto de embargo los sueldos , retribuciones, las pensiones o equivalente, y, en segundo lugar, establece los límites al mismo.
En cuanto a la primera d...
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